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	<title>Vázquez Cañas &#187; Sociedad de la Información</title>
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		<title>La Ley 5/2010, de 11 de Junio, de Autonomía Local de Andalucía, y las nuevas tecnologías</title>
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		<pubDate>Sat, 24 Jul 2010 13:15:49 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Vázquez Cañas</dc:creator>
				<category><![CDATA[Sociedad de la Información]]></category>
		<category><![CDATA[Autonomía Local]]></category>
		<category><![CDATA[Ley 5_2010]]></category>
		<category><![CDATA[Nuevas Tecnologías]]></category>

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		<description><![CDATA[En el BOJA del día 23 de junio se ha publicado la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía, que ha entrado en vigor con fecha de ayer, día 23 de julio de 2010. Dicha Ley contempla novedades con respecto a los servicios relacionados con las tecnologías de la información y las comunicaciones, [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://www.vazquezcanas.es/wp-content/upLoads/2010/07/Ley-5_2010.jpg"><img class="aligncenter size-full wp-image-600" title="Ley 5_2010" src="http://www.vazquezcanas.es/wp-content/upLoads/2010/07/Ley-5_2010.jpg" alt="" width="603" height="221" /></a></p>
<p style="text-align: justify;">En el BOJA del día 23 de junio se ha publicado la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía, que ha entrado en vigor con fecha de ayer, día 23 de julio de 2010.</p>
<p style="text-align: justify;">Dicha Ley contempla <strong>novedades </strong>con respecto a los servicios relacionados con las <strong>tecnologías de la información y las comunicaciones</strong>, especialmente en sus <strong>Artículos 12 y 54</strong>, que quisiera destacar.</p>
<p style="text-align: justify;">Pero primero, realizar algunas consideraciones respecto a la propia Ley, que ha sido dictada en aplicación de las directrices marcadas en la reforma del Estatuto de Autonomía de Andalucía, Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, en lo que se refiere a las garantías y protección de la autonomía local, por tanto el propósito de la misma ha sido el adecuado desarrollo de las premisas constitucionales y estatutarias.</p>
<p style="text-align: justify;"><span id="more-599"></span></p>
<p style="text-align: justify;">Distingue entre autonomía municipal y provincial, pero deja muy claro, que ambas entidades, municipios y provincias, integran una sola comunidad política local, la autonomía municipal y la provincial, forman un único sistema que el legislador delimitador de competencias ha de tomar como referencia.</p>
<p style="text-align: justify;">Para conjugar de manera equilibrada autonomía provincial y autonomía municipal, la ley diseña un procedimiento de elaboración de planes y redes donde las dos entidades locales están obligadas a una actuación conjunta.</p>
<p style="text-align: justify;">Entrando ya de lleno, en lo que afecta de manera directa a lo relacionado con las tecnologías de la información y las comunicaciones, se recoge como <strong>competencia propia de los municipios</strong> el: <em>“Establecimiento y desarrollo de estructuras de participación ciudadana y<strong> del acceso a las nuevas tecnologías</strong></em>” (Art. 9, apartado 26)</p>
<p style="text-align: justify;">Igualmente, dentro de las <strong>competencias propias de la provincia</strong> se recoge las competencias de asistencia que la provincia preste a los municipios, y en ella se contempla, la: <em><strong>“</strong>Asistencia técnica de información, asesoramiento, realización de estudios, elaboración de planes y disposiciones, formación <strong>y apoyo tecnológico”.</strong></em> (Art. 11, apartado a)</p>
<p style="text-align: justify;">Destaca especialmente, a este respecto, el <strong>Artículo 12</strong>, que detalla la asistencia técnica de la provincia al municipio, y que en su apartado d), establece que la provincia prestará asistencia técnica al municipio para la &#8220;<em><strong>implantación de tecnología de la información y de las comunicaciones, así como de administración electrónica”.</strong></em></p>
<p style="text-align: justify;">Este mismo artículo, en sus apartados 2 y 3, establece que los requisitos de la asistencia y las formas de financiación, se <strong>determinarán por norma provincial</strong>, con los criterios de atención preferente a los municipios de menor población y a los municipios de insuficiente capacidad económica y de gestión, así como la urgencia de la asistencia requerida, debiendo tramitarse las solicitudes <strong>mediante un procedimiento basado en los principios de eficacia, transparencia y celeridad.</strong></p>
<p style="text-align: justify;">Por otro lado la Ley, con objeto de garantizar a la ciudadanía el acceso a la información sobre la actuación municipal, su transparencia y control democrático, así como facilitar la información intergubernamental y complementando lo dispuesto por la legislación básica sobre procedimiento administrativo común, en su <strong>Artículo 54</strong>, apartado 1, obliga a los Ayuntamientos y su organismos y entidades dependientes o vinculadas a <strong><em>publicar en la sede electrónica de su titularidad o, en su defecto, en la sede electrónica de la respectiva diputación provincial</em></strong>, en el plazo de cinco días desde su adopción, las disposiciones y actos administrativos generales que versen sobre las materias que en este apartado se relacionan, como pueden ser por ejemplo ordenación territorial, ordenación y disciplina urbanística, seguridad en lugares públicos, actividad económica financiera, aprobación ejecución y liquidación del presupuesto, etc.</p>
<p style="text-align: justify;">En el apartado 2, se indica que la “<em>información publicada conforme a lo dispuesto en el apartado anterior gozará de las garantías de integridad, veracidad y actualización de la información y los servicios, prevista en la<strong> normativa sobre el acceso electrónico de la ciudadanía a los servicios públicos, que deberán crear las administraciones públicas andaluzas&#8221;</strong></em><strong>.</strong></p>
<p style="text-align: justify;">El apartado 3 del mismo artículo señala que la publicidad de actos de otras administraciones públicas u órganos judiciales que los ayuntamientos tengan la obligación de publicar se<strong> </strong>hará también en<strong> sede electrónica</strong>.</p>
<p style="text-align: justify;">Por último reseñar, como en el artículo 55, relativo a la información mutua entre la Comunidad Autónoma y las entidades locales, se obliga a las entidades locales y sus organismos y entidades dependientes o vinculadas, a trasladar a la Administración de la Junta de Andalucía, la información relativa a las disposiciones y actos en el plazo, forma y por los <strong>medios de comunicación telemática, y conforme a los estándares de interoperabilidad</strong> establecidos por la Comunidad Autónoma”</p>
<p>Se incluye la Ley , para quien quiera acceder a la misma:</p>
<h5> <a href="http://www.vazquezcanas.es/wp-content/upLoads/2010/07/Ley-5_2010-de-11-de-Junio-de-Autonomía-Local-de-Andalucía.pdf">Ley 5_2010, de 11 de Junio, de Autonomía Local de Andalucía</a>.</h5>
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		</item>
		<item>
		<title>El uso de internet durante la jornada laboral</title>
		<link>http://www.vazquezcanas.es/2010/07/el-uso-de-internet-durante-la-jornada-laboral/</link>
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		<pubDate>Mon, 05 Jul 2010 17:33:49 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Vázquez Cañas</dc:creator>
				<category><![CDATA[Sociedad de la Información]]></category>
		<category><![CDATA[internet; uso de internet; internet y trabajo]]></category>

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		<description><![CDATA[Titulares parecidos al que encabeza este post podíamos leer, días atrás, en distintos periódicos. El motivo, la publicación de diferentes estudios sobre el uso de la Red, por parte de los empleados, en horas de trabajo. Por ello, he tratado de recopilar la información relativa a los referidos estudios con objeto de reflejar que nos [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://www.vazquezcanas.es/wp-content/upLoads/2010/07/El-uso-de-internet-durante-la-jornada-laboral1.jpg"><img class="aligncenter size-full wp-image-594" title="El-uso-de-internet-durante-la-jornada-laboral" src="http://www.vazquezcanas.es/wp-content/upLoads/2010/07/El-uso-de-internet-durante-la-jornada-laboral1.jpg" alt="" width="504" height="382" /></a></p>
<p>Titulares parecidos al que encabeza este post podíamos leer, días atrás, en distintos periódicos. El motivo, la publicación de diferentes estudios sobre el uso de la Red, por parte de los empleados, en horas de trabajo.</p>
<p>Por ello, he tratado de recopilar la información relativa a los referidos estudios con objeto de reflejar que nos indican los mismos, sin que ello quiera decir que comparta todas sus conclusiones, ni que considere que el uso que hacen los empleados de la red, sea de forma generaliza semejante al recogido en la foto.</p>
<p>El primero de estos estudios, es el realizado por la consultora <em><strong>IDC</strong></em>, en el que detectan como muchas empresas se enfrentan a un uso inadecuado de la Red por parte de sus empleados. De dicho estudio, realizado a nivel mundial, se desprende que entre el <strong>30 y el 40% del tiempo de navegación</strong> por Internet se dedica a la visita de páginas <strong>no relacionas con la actividad laboral</strong>. Pero además, un<strong> 60% de todas las compras online se hacen durante las horas de trabajo</strong>.</p>
<p><span id="more-592"></span></p>
<p>Asimismo, la consultora ha detectado que el<strong> 70% de todo el tráfico de pornografía en Internet</strong> ocurre entre las nueve de la mañana y las cinco de la tarde; y que el 32,6% de los trabajadores bucean por la Red sin un objetivo específico, lo que es dos veces más probable en el caso de los hombres que en el de las mujeres.</p>
<p>Otros datos de interés resaltados por este informe son que entre el 30 y el 40% de la pérdida de productividad en las empresas se achaca al uso inadecuado de internet y que, el 37% de los empleados afirma estar navegando continuamente en el trabajo.</p>
<p>El segundo estudio, realizado para averiguar como el uso de Internet está afectando al consumo de medios de comunicación, ha sido realizado por <strong><em>OPA Europe</em></strong>, la Asociación de Editores Digitales de Europa.</p>
<p>Del mismo se desprende, como en España la web <strong>supera en audiencia</strong> a otros medios durante la jornada laboral; las páginas de información online son las más visitadas e Internet se perfila como el mejor soporte publicitario.</p>
<p>De acuerdo con los datos del mismo, el perfil medio de los españoles que utilizan Internet en el trabajo sería un <strong>hombre, mayor de 35 años y con educación universitaria</strong>.</p>
<p>El estudio refleja que las <strong>páginas informativas son las más visitadas</strong> durante la jornada laboral -un 75%-, por lo que se han convertido en el medio idóneo para mantenerse informado de la actualidad durante este tiempo, imponiéndose a otros soportes. En cuanto a la<strong> audiencia</strong>, Internet supera al resto de medios de comunicación durante toda la jornada y sólo pierde su liderazgo, ante la televisión, en la franja que arranca en el prime-time (19.00 horas) y llega hasta la madrugada.</p>
<p>Además, según el mismo, este medio se está perfilando como el <strong>mejor soporte publicitario</strong>: el 50% de los encuestados lo prefieren para recibir información de los anunciantes -sólo el 2% opta por la televisión- y el 48% recurre a él a la hora de buscar nuevos productos.</p>
<p>De acuerdo con los datos de<em><strong> OPA Europe</strong></em>, el consumo de Internet ha <strong>cambiado algunas conductas</strong> en los centros de trabajo (así lo asegura el 54% de los encuestados). Por ejemplo, el 20% llama menos por teléfono y el 19% dedica menos tiempo a leer la prensa. Además, el 77% de los usuarios de este medio considera que ha aumentado su productividad.</p>
<p>Finalmente, en base a datos obtenidos de <strong><em>Google Analytics</em></strong>, las visitas, en España, a las páginas web que realizan funciones de comparar precios y productos, superan el 30%, entre las <strong>11:00 y las 13:00 horas y las 15:00 y las 17:</strong>00 horas, en comparación con el resto de franjas horarias. En lo que viene a coincidir con los anteriores estudios, al incidir en que la mayoría de los empleados españoles se dedican a navegar por este tipo de web en horas de trabajo.</p>
<p>Este dato, contrasta con las franjas horarias de mayor uso de internet en otros países, como Francia, de 18:00 a 20:00 horas y el Reino Unido, desde las 20:00 hasta las 22:00. Destacando además, que en estos países, la búsqueda en comparadores de precios es, considerablemente, más baja que en el caso de España.</p>
<p>Pero los españoles no sólo son los internautas que más horas laborales invierten en este tipo de portales y buscadores, sino que son también son los más trasnochadores, pues el aumento de las visitas a páginas de comparadores de precios aumentan, de nuevo, a partir de las 22:00, a diferencia de los países anteriormente citados.</p>
<p>Ante esta situación, no es de extrañar que algunas compañías, como <strong><em>GFI</em></strong>, proveedor de software de comunicaciones y seguridad, recomienden a las empresas, implantar <strong>Políticas de Uso Aceptable</strong> (o AUP en sus siglas en inglés) y prevenir, de esta manera, los malos usos de las tecnologías de la información en horas de trabajo.</p>
<p>Dichas propuestas, no sólo buscan clarifican las normas de la organización en relación con el uso de los sistemas informáticos, sino proteger a las compañías de posibles responsabilidades originadas por comportamiento inadecuado de alguno de sus empleados.</p>
<p>Los documentos, que conforman las Políticas de Uso Aceptable, deben definir las actividades consideradas inaceptables, especificar las posibles sanciones, avisar sobre la monitorización y transferir la responsabilidad de los comportamientos inapropiados a aquellas personas que no respeten estas normas.</p>
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		<item>
		<title>El español en internet 2010</title>
		<link>http://www.vazquezcanas.es/2010/06/el-espanol-en-internet-2010/</link>
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		<pubDate>Thu, 24 Jun 2010 10:04:17 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Vázquez Cañas</dc:creator>
				<category><![CDATA[Sociedad de la Información]]></category>
		<category><![CDATA[español; internet;el español en internet; español una lengua viva;]]></category>

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		<description><![CDATA[En el anterior post, hacíamos referencia a la intención del Instituto Cervantes de publicar el segundo informe “El español, una lengua viva”.  Una vez publicado este, recogemos los aspectos contemplados en el apartado relativo a la presencia del español en Internet. El análisis se centra en las lenguas más usadas en la red, tanto por número de [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://www.vazquezcanas.es/wp-content/upLoads/2010/06/El-español-una-lengua-viva-21.jpg"><img class="aligncenter size-full wp-image-579" title="El-español-una-lengua-viva-2" src="http://www.vazquezcanas.es/wp-content/upLoads/2010/06/El-español-una-lengua-viva-21.jpg" alt="" width="612" height="470" /></a></p>
<p>En el anterior post, hacíamos referencia a la intención del Instituto Cervantes de publicar el segundo informe <em>“El español, una lengua viva”.</em>  Una vez publicado este, recogemos los aspectos contemplados en el apartado relativo a la presencia del español en Internet.</p>
<p>El análisis se centra en las lenguas más usadas en la red, tanto por número de usuarios, como por número de páginas, con unas referencias al papel de los buscadores; del mismo se extraen las siguientes conclusiones:</p>
<p>El español es la <strong>tercera lengua más utilizada en la red</strong> <strong>por número de internautas</strong>. De los <strong>casi 1.600 millones de usuarios que tiene internet en todo el mundo, el 8,2% se comunica en españo</strong>l. Los dos idiomas que están por delante del nuestro son el inglés y el chino. Si tenemos en cuenta que el chino es una lengua que, en general, sólo hablan sus nativos, el español se sitúa como la segunda lengua de comunicación en internet, tras el inglés.</p>
<p>Otra forma de medir la presencia de las distintas lenguas en internet es a través del <strong>número de páginas en cada idioma</strong>. El <strong>español ocupa la sexta posición</strong>, después de lenguas con menor peso demográfico como el japonés, el alemán y el francés. La <strong>demanda de documentos en español es la cuarta en importancia</strong>, entre las lenguas del mundo, aunque el español ocupa una posición inferior en cuanto a la oferta, es decir, al número de documentos publicados.</p>
<p><span id="more-577"></span></p>
<p>El uso del español en la red ha experimentado un <strong>crecimiento del 619,3% en el periodo 2000-200</strong>8, frente al incremento del 226,7% registrado por el inglés. Este despegue se debe, sobre todo, a la incorporación a la red de usuarios latinoamericanos. Sólo en Latinoamérica y el Caribe el incremento de internautas fue de 860,9%.</p>
<p>A pesar de esta espectacular evolución, el potencial de crecimiento de usuarios en español sigue siendo muy alto. La <strong>penetración media de internet</strong> en Latinoamérica, o porcentaje de población que usa internet, es del 22,82%, lejos de la media de la Unión Europea, del 61,4%, y del <strong>70,5% de España</strong>. En algunos países, los niveles de penetración se acercan a los europeos, como Chile, con el 50,9%, Argentina, con el 49,4%, o Colombia, con el 38,%. En el otro extremo se encuentra Nicaragua, con un 2,7%, Honduras, con un 5,6% o Paraguay, con un 7,8%.</p>
<p>Sólo tres países de habla hispana, <strong>España, México y Argentina</strong>, se encuentran entre los 20 con el mayor número de usuarios en internet. Los 20 países que encabezan la clasificación reúnan el 76,8% de los internautas.</p>
<p>Se observa igualmente que España sigue cargando con el <strong>peso de la producción de páginas web</strong> en español.</p>
<p>En general se produce una tendencia continuada a disminuir el predominio inicial del inglés en la red, que se estabiliza en torno a un 45% del total, dando paso a la creciente presencia de las demás lenguas. Disminuye también la presencia de las lenguas romances, debido, en parte, a la fuerte irrupción en la red de los países asiáticos, como China y Japón.</p>
<p>Igualmente influye en este estancamiento de las lenguas romances, el cambio de configuración de los motores de búsqueda, motivado por la disminución de los espacios indexados. El porcentaje de páginas indexadas se ha mantenido tradicionalmente entre el 60 y el 80 %. Desde 2005, <strong>no alcanza el 30 %</strong>. Los motores no cuentan con la capacidad suficiente para seguir el crecimiento exponencial de los contenidos (y la llegada masiva de nuevas lenguas de Asia). Esta situación favorece una presencia del inglés por encima de la justa proporcionalidad.</p>
<p>El informe analiza la importancia de los buscadores para el crecimiento del español en interne, y como en un esfuerzo por escapar de criterios elaborados exclusivamente desde el mundo anglosajón, varios países europeos y Japón han creado nuevos buscadores, como <em>Quaero</em> o <em>Pharo</em>s. Una de las razones por las que merece la pena desarrollar herramientas de búsqueda alternativas a Google es el hecho de que las búsquedas en inglés son mucho más simples que las que requiere el idioma español. Las técnicas de búsqueda semánticas están pensadas para el inglés y no para la lengua española. Entre los 40 buscadores más usados en la red, el único con dominio .es es <em>Google</em> y ocupa el puesto número 35.</p>
<p>Finalmente y al margen de la presencia del español en Internet, el informe presenta unos <strong>datos muy interesantes sobre el español y sus hablantes</strong>, con las siguientes cifras:</p>
<ul>
<li>Más 450 millones de personas hablan español.</li>
<li>El español es la cuarta lengua del mundo por número de hablantes y el segundo idioma de comunicación internacional.</li>
<li>Por razones demográficas, el porcentaje de población mundial que habla español como lengua nativa está aumentando, mientras la proporción de hablantes de chino e inglés desciende.</li>
<li>En 2030, el 7,5% de la población mundial será hispanohablante (un total de 535 millones de personas), porcentaje que destaca por encima del ruso (2,2%), del francés (1,4%) y del alemán (1,2%).<br />
Para entonces, sólo el chino superará al español como grupo de hablantes de dominio nativo.</li>
<li>Dentro de tres o cuatro generaciones, el 10% de la población mundial se entenderá en español.</li>
<li>En 2050 Estados Unidos será el primer país hispanohablante del mundo.</li>
<li>Unos 14 millones de alumnos estudian español como lengua extranjera.</li>
<li>El inglés, el francés, el español y el alemán, en este orden, son los idiomas más estudiados como lengua extranjera, según datos de 2005.</li>
<li>Unos 237.000 estudiantes viajaron a España a aprender español durante 2007.</li>
<li>La imagen de la lengua española está asociada a la difusión de una cultura internacional de calidad.</li>
</ul>
<p> Se adjunta el informe completo, para quiera acceder al mismo:</p>
<p><a href="http://www.vazquezcanas.es/wp-content/upLoads/2010/06/El-español-una-lengua-viva.pdf">El español una lengua viva</a></p>
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		<title>Tecnimap</title>
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		<pubDate>Tue, 13 Apr 2010 13:41:14 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Vázquez Cañas</dc:creator>
				<category><![CDATA[Sociedad de la Información]]></category>
		<category><![CDATA[Tecnimap; MOAD]]></category>

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		<description><![CDATA[  Hemos estado la semana pasada en Tecnimap 2010, donde presentamos una comunicación referida al estado de implantación de la Administración Electrónica en el ámbito de la Diputación de Cádiz, tuvimos la suerte de que fuese seleccionada por el Comité de Evaluación de Tecnimap, entre las más de 420 presentadas, para exponerla ante los asistentes. Tanto [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p> </p>
<p style="text-align: justify;"><a href="http://www.vazquezcanas.es/wp-content/upLoads/2010/04/Tecnimap-4.jpg"><img class="aligncenter size-full wp-image-565" title="Tecnimap-4" src="http://www.vazquezcanas.es/wp-content/upLoads/2010/04/Tecnimap-4.jpg" alt="" width="603" height="471" /></a></p>
<p style="text-align: justify;">Hemos estado la semana pasada en Tecnimap 2010, donde presentamos una comunicación referida al estado de implantación de la Administración Electrónica en el ámbito de la Diputación de Cádiz, tuvimos la suerte de que fuese seleccionada por el Comité de Evaluación de Tecnimap, entre las más de 420 presentadas, para exponerla ante los asistentes.</p>
<p style="text-align: justify;">Tanto la redacción de la comunicación, como su presentación, la realizamos conjuntamente el que suscribe y el compañero del Área de Sociedad de la Información, Antonio García Vázquez. Transcribo una parte de la misma referida a la apuesta tecnológica de la Diputación de Cádiz por el Modelo Objetivo de Ayuntamiento Digital, (MOAD), que actualmente estamos desplegando en los Ayuntamiento de la provincia.</p>
<p style="text-align: justify;"><span id="more-558"></span></p>
<p style="text-align: justify;">“….El escenario abierto por la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos en cuanto a la implantación de la Administración Electrónica en las entidades locales, hace que la prestación de asistencia a los Ayuntamientos se tenga que hacer en unas condiciones determinadas por ley, así como en lo relativo a los plazos de implantación.</p>
<p style="text-align: justify;">Por otra parte, el Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007 y de obligado cumplimiento para la Administración General del Estado, marca el camino a seguir para la administración local sobre todo en lo referente a la sede electrónica, registros telemáticos, comunicaciones y notificaciones electrónicas.</p>
<p style="text-align: justify;">En base a estas premisas, la estrategia para alcanzar el objetivo de habilitar lo necesario para los 28 Ayuntamientos adheridos al proyecto no podía ser un conjunto de soluciones parciales sino que debía ser una solución global que abarcara todo el conjunto de elementos necesarios para posibilitar la efectiva Administración Electrónica que cumpliera con todas las garantias legales, así como la viabilidad en cuanto al mantenimiento de lo servicios 24&#215;7.</p>
<p style="text-align: justify;">En este contexto, la apuesta tecnológica de la Diputación de Cádiz ha sido por el <strong>Modelo Objetivo de Ayuntamiento Digital, (MOAD)</strong>, que impulsa, coordina y apoya económicamente la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía, con la colaboración de varias Diputaciones Andaluzas.</p>
<p style="text-align: justify;">La Diputación de Cádiz ha participado activamente en el desarrollo del MOAD, que coordina y apoya económicamente la CICE a través de la Orden de Incentivos al Desarrollo de las Entidades Locales de Andalucía. Esta plataforma de Administración Electrónica se ha construido con la finalida de servir como eje central en el proceso de modernización y adecuación a la LAECSP (Ley 11/2007) de las EELL de Andalucía. A continuación se destacan las características principales:</p>
<p style="text-align: justify;">Se trata de una plataforma tecnológica modular, flexible y con capacidad de crecimiento funcional y tecnológico.<br />
Tiene una arquitectura no intrusiva, lo que asegura la integración y compatibilidad del modelo con el resto de sistemas de información y aplicaciones existentes en el Ayuntamiento.<br />
Favorece la reutilización de componentes y funcionalidades existentes, tanto de productos de mercado o como de las propias AAPP u otras Entidades Públicas.<br />
Se potencia el trabajo de los empleados publicos ofreciéndoles las herramientas, métodos e información necesarios para ser más efectivos en su trabajo.</p>
<p style="text-align: justify;">La Plataforma se desglosa en los componentes tecnológicos que se relacionan a continuación:</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>Portal Web de Servicios Telemáticos</strong>: Portal mediante el cual el ciudadano se comunicará de manera electrónica con el Ayuntamiento. A través de este Portal el ciudadano accederá a los trámites que el Ayuntamiento publique y tendrá publicada la información relativa a los trámites que el ciudadano puede iniciar telemáticamente (descripción, cómo iniciar el trámite telemáticamente, cómo iniciarlo de manera presencial, etc.). En concreto, y mediante autenticación con certificado digital o DNI electrónico, el ciudadano podrá cumplimentar los formularios de alta de los trámites, descargarse los formularios cumplimentados, iniciar los trámites vía telemática, realizar un seguimiento de sus trámites consultando el estado de los mismos, incorporar documentación en los trámites en curso, etc.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>Plataforma de Integración</strong>: Bus de integración que monitoriza la comunicación entre todos los componentes de la Plataforma, centralizando los distintos traspasos de información en el sistema. De esta manera el sistema es flexible y escalable, siendo sencilla su ampliación mediante la inclusión de nuevos componentes externos que siempre se comunicarán con el bus de comunicaciones mediante unas especificaciones de integración. Este bus de integración permitirá la integración con las aplicaciones de back-office de forma que la Plataforma se integre con las diversas aplicaciones que existan en el Ayuntamiento para aprovechar la funcionalidad que proveen y facilitar la Gestión del Cambio, de forma que el organismo no tiene que romper con su antigua metodología de trabajo.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>Plataforma de Tramitación</strong>: Portal mediante el cual el funcionario podrá tramitar los expedientes del Ayuntamiento. Este portal permitirá, entre otros, dar de alta expedientes para el caso en que el ciudadano los haya presentado de manera presencial, buscar expedientes existentes con un potente motor de búsqueda, tramitar expedientes mediante el escritorio de tramitación, visualizar estadísticas sobre los expedientes existentes, ver sus tareas pendientes, etc.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>Repositorio integral de la ciudadanía</strong>: Repositorio en el que se almacenan todos los datos de los trámites que son de interés para el ciudadano: histórico de expedientes, histórico de documentación presentada y tramitación y estado actual.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>Componentes de Administración Elec</strong>t<strong>rónica</strong>: Son el resto de componentes que habilitan la Administración Electrónica, como son los sistemas de notificaciones telemáticas, la aplicación de firma electrónica o de avisos internos.</p>
<p style="text-align: justify;">Además de los componentes del modelo, la Plataforma dispone de un catálogo de procedimientos normalizados y simplificados, telematizados completamente de extremo a extremo, agrupados en distintos materias: urbanismo, tributos, participación ciudadana, padrón, reclamaciones y recursos.</p>
<p style="text-align: justify;">Con objeto de adaptarse a las distintas problemáticas de los Ayuntamientos en función de su tamaño y nivel de recursos, el Modelo se han concebido para funcionar en distintos formas de uso y explotación:</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>Explotación centralizada</strong>: La Plataforma está centralizada en una entidad supramunicipal desde la que se prestan a los Ayuntamientos servicios remotos de telematización de un catálogo estándar de procedimientos.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>Explotación local</strong>: La Plataforma se instala en el propio Ayuntamiento. En este caso, y a diferencia del modelo centralizado, en el que el Ayuntamiento se acogía a un catálogo estándar de procedimientos normalizados, el Ayuntamiento correspondiente parametriza y carga en la plataforma sus procedimientos particulares y los integra con sus aplicaciones propias.</p>
<p style="text-align: justify;">La Diputación de Cádiz se encuentra inmersa en la implantación del MOAD para los Ayuntamientos de la provincia durante este año, para alcanzar el máximo nivel de integración con los distintos backoffices de los Ayuntamientos progresivamente. Para ello utilizará la explotación centralizada de la Plataforma en su CPD para prestar servicio de manera centralizada a sus Ayuntamientos:</p>
<p style="text-align: justify;">Las actividades que se están abordando en cada uno de los Ayuntamientos son las siguientes:</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>Consultoría y parametrización</strong> de los trámites normalizados para adecuarlos a la realidad del Ayuntamiento: parametrización de solicitudes y plantillas, adaptación a la organización y empleados.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>Parametrización del Portal de Servicios Telemáticos</strong>: adaptación a la imagen corporativa del Ayuntamiento y elección de contenidos.<br />
Parametrización de la plataforma de tramitación: administración de usuarios tramitadores, usuarios firmantes y permisos/perfiles de los empleados.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>Parametrización del Bus de Integración</strong>: configuración de los módulos de los Backoffices con los que interactúa el Modelo para la prestación telemática de servicios (como por ejemplo, los módulos del Registro, Padrón y Gestión de Ingresos que se utilizarán de referencia en apartados posteriores del presente documento).</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>Gestión del cambio</strong>: plan de comunicación y formación para capacitar a los usuarios y facilitar la transición a la nueva operativa.</p>
<p style="text-align: justify;">Los componentes de Administración Electrónica y backoffices involucrados en este despliegue y que la Diputación de Cádiz ofrece actualmente a los Ayuntamientos desde su CPD son:</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>@ries</strong>: Registro presencial y electrónico.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>@firma</strong>: Plataforma de autenticación y firma electrónica.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>Portafirm@</strong>: Buzón corporativo de firma electrónica. Se centraliza un único sistema la firma de documentos electrónicos procedentes de las distintas aplicaciones que generan documentación que tenga que ser firmada.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>Verifirm@: </strong>Componente de cotejo de documentos firmados electrónicamente.</p>
<p style="text-align: justify;"><a href="mailto:Not@rio"><strong>Not@rio</strong></a>: sistema hardware y software que actúa como tercera parte de confianza en las relaciones telemáticas entre Ciudadanos y Organismos Oficiales y entre los propios Organismos Oficiales. Esta plataforma ofrece tanto Acuses de Recibo como Fechado Digital con sellos de tiempo, suponiendo una garantía fehaciente de que una transacción ha sido realizada en una hora determinada y no manipulable.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>Trew@:</strong> motor de tramitación que da soporte a los procedimientos. En él se cargan los procedimientos, se administran los usuarios, prefiles, organigrama, así como plantillas de documentos asociados a los procedimientos.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>Plataforma de tramitación</strong>: plataforma de tramitación de procedimientos integerada con todos los componenetes de administración electrónica.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>ePadrón</strong>: gestión del padrón de habitantes.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>Cementerios y Policia Local</strong>: aplicaciones de gestión.</p>
<p style="text-align: justify;"> Todo esto permitirá a los Ayuntamientos disponer de una Sede Electrónica con todas las garantía técnicas y legales. En este sentido, estamos prestando igualmente asesoramiento en materia de legislación TIC a los Ayuntamientos con la intención de ayudar a cumplir lo recogido en la abundante nuevas normativas publicadas recientemente. El resultado obtenido será por una parte una guía con los pasos necesarios para la constitución de la sede electrónica por cada una de las entidades, así como la manera de solicitar los certificados de sede electrónica; y por otra parte la elaboración de un borrador de Ordenanza Municipal que regule todo lo referente a la Administración Electrónica en la sede electrónica de cada Ayuntamiento.</p>
<p style="text-align: justify;">A través de la Sede Electrónica los ciudadanos tendrán acceso libre y permanente a la siguiente información, la cual se irá incorporando paulatinamente a la misma:</p>
<p style="text-align: justify;">Ordenaza Reguladora de la Administración Electrónica del Ayuntamiento.</p>
<p style="text-align: justify;">Carta de Servicios al ciudadano, con indicación de los servicios disponibles y los procedimientos que se pueden realizar en formato electrónico.</p>
<p style="text-align: justify;">Tablón electrónico de anuncios y edictos.</p>
<p style="text-align: justify;">Perfil del contratante.</p>
<p style="text-align: justify;">Buzón de quejas, sugerencias y reclamaciones.</p>
<p style="text-align: justify;">Pasarela de Pago on-line.</p>
<p style="text-align: justify;">Otras informaciones que se consideren de interés general o sean exigidas legal o reglamentariamente. ….”</p>
<p style="text-align: justify;">Incluyo “pdf” con la comunicación completa para aquellos que deseen consultarla:</p>
<p style="text-align: justify;"><a href="http://www.vazquezcanas.es/wp-content/upLoads/2010/04/COMUNICACION_TECNIMAP_2010_DIPUTACION_DE_CADIZ.pdf">COMUNICACION_TECNIMAP_2010_DIPUTACION_DE_CADIZ</a></p>
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		<title>Sede Electrónica</title>
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		<pubDate>Fri, 26 Mar 2010 16:21:54 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Vázquez Cañas</dc:creator>
				<category><![CDATA[Sociedad de la Información]]></category>
		<category><![CDATA[Sede Electrónica]]></category>

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		<description><![CDATA[La aprobación de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos (LAECSP), ha marcado un hito en el camino hacia una Administración moderna y plenamente integrada en la sociedad de la información. En ella se ha reconocido de forma definitiva el derecho de los ciudadanos a [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://www.vazquezcanas.es/wp-content/upLoads/2010/03/Sedes-Eelectrónicas.jpg"><img class="aligncenter size-full wp-image-552" title="Sedes-Eelectrónicas" src="http://www.vazquezcanas.es/wp-content/upLoads/2010/03/Sedes-Eelectrónicas.jpg" alt="" width="603" height="420" /></a></p>
<p style="text-align: justify;">La aprobación de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos (LAECSP), ha marcado un hito en el camino hacia una Administración moderna y plenamente integrada en la sociedad de la información. En ella se ha reconocido de forma definitiva el derecho de los ciudadanos a relacionarse por medios electrónicos con las Administraciones Públicas.</p>
<p style="text-align: justify;">Ha supuesto una nueva concepción, respecto a la anterior normativa, determinando el paso de que las Administraciones “podrán” establecer canales de relación mediante medios electrónicos a la “obligación” de tener que establecerlos.</p>
<p style="text-align: justify;">De este modo, la Ley consagra la relación con las Administraciones Públicas por medios electrónicos como un derecho de los ciudadanos y como una obligación correlativa para tales Administraciones. </p>
<p style="text-align: justify;">Dicho reconocimiento suscita cuestiones de diversa índole, siendo sin duda la más importante la referente a la adaptación de las Administraciones Públicas a la realidad que imponen las nuevas tecnologías. Adaptación no sólo de sus medios humanos y materiales sino también de sus procedimientos y formas de actuación, por lo que se hace preciso, entre otras tareas, crear y definir claramente la Sede Electrónica a través de la que se establecen las relaciones con la Administración.</p>
<p style="text-align: justify;"><span id="more-551"></span></p>
<p style="text-align: justify;">Analizando la normativa vigente y reguladora de las Sedes Electrónicas, encontramos que con carácter general está la propia Ley 11/2007 de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo; el Real Decreto 1671/2009, de de 6 de noviembre, de de desarrollo parcial LACSP, de aplicación a la Administración General del Estado y el Real Decreto 3/2010, de 8 de Enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.</p>
<p style="text-align: justify;">Fundamentalmente la Sede Electrónica de las Administraciones Públicas, queda regulada en los artículos 10 y siguientes de la LAECSP que recogen los criterios relativos a su forma de creación, titularidad, gestión y responsabilidad, otorgando, no obstante, un amplio margen de autorregulación.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>¿Qué entendemos por Sede Electrónica?</strong></p>
<p style="text-align: justify;">Si atendemos a lo dispuesto en la LAECSP, la Sede Electrónica <em>&#8220;es aquella dirección electrónica disponible para los ciudadanos a través de redes de telecomunicaciones cuya titularidad, gestión y administración corresponde a una Administración Pública, órgano o entidad administrativa en el ejercicio de sus competencias&#8221;,</em> en definitiva, la dirección electrónica (nombre de dominio o sitio web) que facilita el ejercicio de derechos y cumplimiento de deberes por medios electrónicos.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>¿Qué requisitos debe cumplir?</strong></p>
<p style="text-align: justify;">Su creación conlleva la responsabilidad del titular de la integridad, veracidad y actualización de la información y los servicios a los que pueda accederse a través de la misma.</p>
<p style="text-align: justify;">Cada Administración Pública determinará las condiciones e instrumentos de creación de las sedes electrónica, con sujeción a los principios de publicidad oficial, responsabilidad, calidad, seguridad, disponibilidad, accesibilidad, neutralidad e interoperabilidad. En todo caso debe de garantizarse la identificación del titular de la sede, así como los medios disponibles para la formulación de las sugerencias y quejas.</p>
<p style="text-align: justify;">Dispondrán de sistemas que permitan el establecimiento de comunicaciones en entornos seguros siempre que sean necesarias, lo que implica establecer canales que garanticen el principio de Integridad y Veracidad de los trámites, y velando por la seguridad de la información que es necesaria en todo procedimiento administrativo, y en caso de verse vulnerada la seguridad, proceder a la anulabilidad del acto de la Administración. </p>
<p style="text-align: justify;">La Publicación en las sedes electrónicas de informaciones, servicios, y transacciones, deberá respetar los principios de accesibilidad y usabilidad de acuerdo con las normas establecidas al respecto, estándares abiertos y en su caso, aquellos otros que sean de uso generalizado por los ciudadanos.</p>
<p style="text-align: justify;">La publicación en la sede electrónica de los Boletines Oficiales, tendrá el mismo efecto que la edición impresa del boletín oficial y con las mismas condiciones y garantías que se derivan del título Preliminar del Código Civil y en las restantes normas aplicables.</p>
<p style="text-align: justify;">Las publicaciones de actos y comunicaciones que por disposición legal deban de realizarse en el Tablón de Anuncios o Edictos, podrá ser sustituida o complementada por su publicación en la Sede Electrónica del Organismo Correspondiente.</p>
<p style="text-align: justify;">Con respecto a las condiciones para la identificación y autenticación de la Administración para con los ciudadanos y viceversa. Destacar que los ciudadanos podrán identificarse ante la administración por medio del DNI electrónico, certificados, Sistemas de firma electrónica avanzada, incluidos los basados en certificado electrónico admitidos por las Administraciones Públicas y así mismo otros sistemas de firma electrónica , como la utilización de claves concertadas en un registro previo como usuario, la aportación de información conocida por ambas partes u otros sistemas no criptográficos , en los términos y condiciones que en cada caso se determinen.</p>
<p style="text-align: justify;">Las sedes electrónicas utilizarán para identificarse y garantizar una comunicación segura con las mismas, sistemas de firma electrónica basados en certificados de dispositivo seguro o medio equivalente. Este certificado evita la suplantación y proporciona al usuario la seguridad de que la web que está visitando realmente pertenece a la administración correspondiente. Así mismo proporciona el entorno necesario para encriptar las conexiones entre los usuarios y la web, protegiendo de esta forma cualquier información que se introduzca o se consulte desde la Sede Electrónica. Las últimas versiones de navegadores más comunes Explorer y Firefox, notifican de forma visual si una web dispone de certificado de Sede Electrónica, y en caso de ser así, permiten consultar la información asociada a la entidad que la gestiona.</p>
<p style="text-align: justify;">Se establece la obligación de las Administraciones Publicas de crear registros electrónicos para la recepción y remisión de solicitudes, escritos y comunicaciones.</p>
<p style="text-align: justify;">Y la obligatoriedad de dar publicidad en el Boletín Oficial a la disposición de creación del Registro electrónico, y su texto integro debe de estar disponible en la Sede Electrónica de acceso al registro.</p>
<p style="text-align: justify;">Debiendo determinarse respecto al Registro Electrónico, atendiendo al ámbito territorial en el que ejerce sus competencias el titular de aquella, los días que se considerarán inhábiles a los efectos de los plazos imputables tanto a los interesados como a la propia Administración. No será de aplicación a los registros electrónicos lo regulado en el art 48,5 de la ley 30/1992, en lo referente a “Cuando un día fuese hábil en el municipio o Comunidad Autónoma en que residiese el interesado, e inhábil en la sede del órgano administrativo, o a la inversa, se considerará inhábil en todo caso. </p>
<p style="text-align: justify;">Las Administraciones publicarán, en el correspondiente Boletín Oficial y en la propia sede electrónica, aquellos medios electrónicos que los ciudadanos pueden utilizar en cada ejercicio de su derecho a comunicarse con ellas.</p>
<p style="text-align: justify;">Cabe resaltar que en ningún momento se estructura la forma y procedimiento para la creación de la Sede Electrónica, dejando este campo abierto al desarrollo de normativa específica por parte de la Administracion titular de la Sede, lo que se debe plasmar en la aprobación de unas ordenanzas o reglamento en la que se regulen todos estos aspectos.</p>
<p style="text-align: justify;">Hasta aquí la regulación con carácter general que se establece en la LAECSP referente a la Sede Electrónica.</p>
<p style="text-align: justify;">La posterior publicación del RD 1671/2009, de 6 de Noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la LAECSP, y cuyo ámbito de aplicación es el de la Administración General del Estado, viene a configurar la Sede Electrónica como el elemento clave en la comunicación jurídica con los ciudadanos en soporte electrónico. Reforzando la fiabilidad de la misma, mediante tres tipos de medidas:</p>
<p style="text-align: justify;">1) asegurar la plena identificación y diferenciación de estas direcciones como punto de prestación de servicios de comunicación con los interesados.<br />
2) Establecer el conjunto de servicios característicos así como el alcance de su eficacia y responsabilidad.<br />
3) Imponer un régimen común de creación, de forma que se evite la desorientación que para el ciudadano podría significar una excesiva dispersión de tales direcciones.</p>
<p style="text-align: justify;">Por ello, dado el carácter de esta norma y en ausencia de normativa específica para la Administración Local, se aconseja tomar como referencia la misma, para la creación de la Sede Electrónica de las administraciones locales.</p>
<p style="text-align: justify;"> <strong>¿Como crear la Sede Electrónica?</strong></p>
<p style="text-align: justify;">Se creará mediante la orden correspondiente o resolución del titular del organismo público, que deberá publicarse en el Boletín Oficial correspondiente.</p>
<p style="text-align: justify;">Debe especificar el ámbito de aplicación de la sede, que podrá ser la totalidad de la Administración u organismo público, o uno o varios de sus órganos con rango, al menos, de dirección general.</p>
<p style="text-align: justify;">Debe identificar la dirección electrónica de referencia de la sede, su titular, así como del órgano u órganos encargados de la gestión y de los servicios puestos a disposición de los ciudadanos en la misma, los canales de acceso a los servicios disponibles en la sede, con expresión, en su caso, de los teléfonos y oficinas a través de los cuales también puede accederse a los mismos, los medios disponibles para la formulación de sugerencias y quejas y cualquier otra circunstancia que se considere conveniente para la correcta identificación de la sede y su fiabilidad.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>¿Qué características debe tener?</strong></p>
<p style="text-align: justify;">Se debe realizar a través de ella todas las actuaciones, procedimientos y servicios que requieran la autenticación de la Administración Pública o de los ciudadanos por medios electrónicos.</p>
<p style="text-align: justify;">Se podrá crear una o varias subsedes derivadas de una sede electrónica principal, debiendo resultar accesibles desde esta, sin perjuicio de que también sea posible el acceso electrónico directo.</p>
<p style="text-align: justify;">Se debe hacer constar de forma visible e inequívoca que se trata de la Sede Electrónica de la Administración u organismo correspondiente.</p>
<p style="text-align: justify;">Debe tener accesible su documento de creación.</p>
<p style="text-align: justify;">Los sistemas de información que soporten las sedes electrónicas deberán garantizar la confidencialidad, disponibilidad e integridad de las informaciones que manejan.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>¿Qué contenidos debe tener, como mínimo?</strong></p>
<p style="text-align: justify;">a) Identificación de la sede, así como del órgano u órganos titulares y de los responsables de la gestión y de los servicios puestos a disposición en la misma y, en su caso, de las subsedes de ella derivadas.</p>
<p style="text-align: justify;">b) Información necesaria para la correcta utilización de la sede incluyendo el mapa de la sede electrónica o información equivalente, con especificación de la estructura de navegación y las distintas secciones disponibles, así como la relacionada con propiedad intelectual.</p>
<p style="text-align: justify;">c) Servicios de asesoramiento electrónico al usuario para la correcta utilización de la sede.</p>
<p style="text-align: justify;">d) Sistema de verificación de los certificados de la sede, que estará accesible de forma directa y gratuita.</p>
<p style="text-align: justify;">e) Relación de sistemas de firma electrónica que, conforme a lo previsto en el real decreto, sean admitidos o utilizados en la sede. </p>
<p style="text-align: justify;">f) Normas de creación del registro o registros electrónicos accesibles desde la sede.</p>
<p style="text-align: justify;">g) Información relacionada con la protección de datos de carácter personal, incluyendo un enlace con la sede electrónica de la Agencia Española de Protección de Datos.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>¿Qué servicios debe poner a disposición de los ciudadanos, como mínimo?</strong></p>
<p style="text-align: justify;">a) Relación de los servicios disponibles en la sede electrónica.<br />
b) Carta de servicios y carta de servicios electrónicos.<br />
c) Relación de los medios electrónicos a los que se refiere el artículo 27.4 de la Ley 11/2007, de 22 de junio.<br />
d) Enlace para la formulación de sugerencias y quejas ante los órganos que en cada caso resulten competentes.<br />
e) Acceso, en su caso, al estado de tramitación del expediente.<br />
f) En su caso, publicación de los diarios o boletines.<br />
g) En su caso, publicación electrónica de actos y comunicaciones que deban publicarse en tablón de anuncios o edictos, indicando el carácter sustitutivo o complementario de la publicación electrónica.<br />
h) Verificación de los sellos electrónicos de los órganos u organismos públicos que abarque la sede.<br />
i) Comprobación de la autenticidad e integridad de los documentos emitidos por los órganos u organismos públicos que abarca la sede que hayan sido autenticados mediante código seguro de verificación.</p>
<p style="text-align: justify;">j) Indicación de la fecha y hora oficial a los efectos previstos en el artículo 26.1 de la Ley 11/2007, de 22 de junio.</p>
<p style="text-align: justify;">Los órganos titulares responsables de la sede podrán además incluir en la misma otros servicios o contenidos, con sujeción a lo previsto en el artículo 10 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, y el R.D.1671/2009.</p>
<p style="text-align: justify;">No será necesario recoger en las subsedes la información y los servicios a que se refieren los apartados anteriores cuando ya figuren en la sede de la que aquéllas derivan.</p>
<p style="text-align: justify;">Las sedes electrónicas cuyo titular tenga competencia sobre territorios con régimen de cooficialidad lingüística posibilitarán el acceso a sus contenidos y servicios en las lenguas correspondientes.</p>
<p style="text-align: justify;">Hay que destacar como la normativa presta una atención singularizada al uso de los medios de identificación y autenticación electrónica que parte de la Administración, estableciendo la necesidad de incorporación de sellos o marcas de tiempo que acrediten la fecha de adopción de los actos y documentos que se emitan. Igualmente se ha dispensado una atención especial a la autenticación en el seno de la actuación automatizada.</p>
<p style="text-align: justify;">Con respecto a la identificación de las sedes electrónicas, estas deben identificarse mediante sistemas de firma electrónica basados en certificados de dispositivo seguro o medio equivalente. Con carácter adicional y para su identificación inmediata, los ciudadanos dispondrán de la información general obligatoria que debe constar en las mismas de acuerdo con lo establecido en el real decreto.</p>
<p style="text-align: justify;">Al respecto los certificados electrónicos de sede electrónica tendrán, al menos, los siguientes contenidos:</p>
<p style="text-align: justify;">a) Descripción del tipo de certificado, con la denominación «sede electrónica».<br />
b) Nombre descriptivo de la sede electrónica.<br />
c) Denominación del nombre del dominio.<br />
d) Número de identificación fiscal de la entidad suscriptora.<br />
e) Unidad administrativa suscriptora del certificado.</p>
<p style="text-align: justify;">El uso de los certificados de sede electrónica está limitado a la identificación de la sede, quedando excluida su aplicación para la firma electrónica de documentos y trámites.</p>
<p style="text-align: justify;">El Esquema Nacional de Seguridad, al que se refiere el artículo 42 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, determina las características y requisitos que cumplirán los sistemas de firma electrónica, los certificados y los medios equivalentes que se establezcan en las sedes electrónicas para la identificación y garantía de una comunicación segura.</p>
<p style="text-align: justify;">Asimismo, se desarrolla la Ley en relación con las comunicaciones y notificaciones electrónicas (artículos 32 y siguientes) estableciendo las garantías necesarias para que las facilidades incluidas en la Ley 11/2007 no se conviertan en una desventaja para los intereses de los ciudadanos así como del interés general.</p>
<p style="text-align: justify;">Igualmente, el Real Decreto es consciente de la importancia de integrar, desde la misma incorporación de los documentos, aquella información que permita su gestión, archivo y recuperación.</p>
<p style="text-align: justify;">  </p>
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		<title>La complejidad de lo sencillo.</title>
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		<pubDate>Mon, 15 Feb 2010 22:22:24 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Vázquez Cañas</dc:creator>
				<category><![CDATA[Sociedad de la Información]]></category>
		<category><![CDATA[Declaracion de Bienes]]></category>
		<category><![CDATA[Desarrollo software]]></category>

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		<description><![CDATA[  Recientemente la Diputación Provincial de Cádiz decidió poner a disposición de todos los ciudadanos los datos relativos a las Actividades y Bienes de todos los miembros de la Corporación. Con tal fin, y tras acuerdo plenario, encomendó a su empresa instrumental EPICSA el desarrollo de un Registro de “Causas de posibles Incompatibilidades, Actividades y [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p> <a href="http://www.vazquezcanas.es/wp-content/upLoads/2010/02/DeclaracionBienes1.jpg"><img class="aligncenter size-full wp-image-452" title="DeclaracionBienes" src="http://www.vazquezcanas.es/wp-content/upLoads/2010/02/DeclaracionBienes1.jpg" alt="" width="537" height="336" /></a></p>
<p style="text-align: justify;"><a href="http://www.vazquezcanas.es/wp-content/upLoads/2010/02/DeclaracionBienes1.jpg"></a></p>
<p style="text-align: justify;">Recientemente la Diputación Provincial de Cádiz decidió poner a disposición de todos los ciudadanos los datos relativos a las Actividades y Bienes de todos los miembros de la Corporación. Con tal fin, y tras acuerdo plenario, encomendó a su empresa instrumental EPICSA el desarrollo de un Registro de “Causas de posibles Incompatibilidades, Actividades y Bienes y Derechos Patrimoniales” que recogiese dicha información, facilitase su custodia por parte de la Secretaría General y permitiese el acceso a la misma por parte de los ciudadanos.</p>
<p style="text-align: justify;"><span id="more-443"></span></p>
<p style="text-align: justify;">Desde EPICSA y el Área de Sociedad de la Información se trabajó para diseñar e implementar una aplicación que simplificase al máximo el proceso. El usuario (el Diputado en este caso), simplemente debe entrar en la aplicación con su clave personal, rellenar un formulario y una vez concluido, firmarlo electrónicamente. También puede utilizar una declaración anterior como base, hacer los cambios oportunos y firmar la nueva declaración generada.</p>
<p style="text-align: justify;">Detrás de algo tan sencillo la aplicación, de forma transparente al usuario, almacena los datos introducidos en una base de datos, genera un documento digital y le incorporaría la firma electrónica del interesado. También, y de forma automática, publica la declaración en la Web haciéndola pública y la deja en custodia de la Secretaría General.</p>
<p style="text-align: justify;">Conseguir que todo lo anterior funcione no es algo trivial. La aplicación realizada utiliza las tecnologías más avanzadas y con mayor proyección en lo que a desarrollos de sistemas de información se refiere. Para los apasionados de la programación, comentar que se seleccionó el lenguaje de programación Java usando Struts 2 para el modelado arquitectónico de la aplicación, Hibernate para el mapeo de clases a base de datos e Itext para la generación automática de documentos en formato “pdf”, además de la última versión del cliente de @firma para incorpora la firma electrónica en el propio documento (firma tipo PADES).</p>
<p style="text-align: justify;">En definitiva, muchas veces es complicado hacer que las cosas parezcan sencillas.</p>
<p style="text-align: justify;"> </p>
<p style="text-align: justify;">Pd.: Mi reconocimiento y agradecimiento para los compañeros que han trabajado en este proyecto: Roberto Martínez, Pedro Mandado, Miguel A. Arteche, con la colaboración de Javier Benita y los compañeros de Sistema.</p>
<p style="text-align: justify;"> </p>
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		<title>Tendencias tecnológicas para 2010</title>
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		<pubDate>Sun, 24 Jan 2010 14:57:48 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Vázquez Cañas</dc:creator>
				<category><![CDATA[Sociedad de la Información]]></category>
		<category><![CDATA[Tendencias tecnológicas 2010]]></category>

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		<description><![CDATA[Tras un difícil 2009, la industria de las Tecnologías de la Información y la Comunicación, parece dispuesta a iniciar en 2010 un período de crecimiento,  pronóstico  en el que coinciden las opiniones de diversos analistas, según el Diario Económico Cinco Días, quien hace un resumen de las tendencias tecnológicos para 2010, contando con expertos como: [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://www.vazquezcanas.es/wp-content/upLoads/2010/01/Tendencias-tecnológicas-2010.jpg"><img class="aligncenter size-full wp-image-424" title="Tendencias-tecnológicas-2010" src="http://www.vazquezcanas.es/wp-content/upLoads/2010/01/Tendencias-tecnológicas-2010.jpg" alt="" width="600" height="413" /></a></p>
<p style="text-align: justify;">Tras un difícil 2009, la industria de las Tecnologías de la Información y la Comunicación, parece dispuesta a iniciar en 2010 un período de crecimiento,  pronóstico  en el que coinciden las opiniones de diversos analistas, según el Diario Económico Cinco Días, quien hace un resumen de las tendencias tecnológicos para 2010, contando con expertos como: Enrique Dans, Fernando Aparicio, José Esteves, o Ignacio Somalo,  y que se puede resumir en más dispositivos de acceso y más web en tiempo real.</p>
<p>Consideran que este año emergerá toda una nueva generación de dispositivos de contenidos en formato digital, apuntan por una fuerte consolidación del comercio electrónico en España, una popularización progresiva de la web en tiempo real y un arrinconamiento del pago por licencia de instalación en cuanto al software.</p>
<p style="text-align: justify;">Afirman, que: “La idea de que las cosas están más seguras cuando están en un disco duro en casa que puede estropearse o perderse que cuanto están en la red en manos de un proveedor especializado será patrimonio de iletrados digitales”.</p>
<p>Las tendencias que presentan son las siguientes:</p>
<p style="text-align: justify;"><span id="more-423"></span><br />
<strong>NUEVO HARDWARE:</strong> En 2010 habrá variabilización del factor forma en los dispositivos de acceso. “Además de ordenador y móvil, veremos variaciones de todo tipo en torno a conceptos como el ultraportátil, el <em>tablet</em>, el lector de libros electrónicos, dispositivos especializados…, que incidirán en un acceso cada vez mayor desde dispositivos móviles.</p>
<p><strong>SOFTWARE “LOW COST”:</strong> Se extenderá el software <em>“low cost”</em> basado en modelos de software como servicio y la masificación de la banda ancha. “..que ya hace visible un modelo de pago por uso de cualquier tipo de aplicación informática, arrinconando el pago por licencia de instalación”. “Siguiendo el modelo de Google Apps, Salesforce o Zoho basado en <em>cloud computing </em>surgirán empresas nuevas y modelos de servicios basados en este paradigma”. Además al calor de esta corriente, se intensificará el debate sobre la seguridad en la red (tecnológica y contractual), al ser ésta el principal hándicap, sobre todo psicológico, para la nube”.</p>
<p><strong>REALIDAD AUMENTADA:</strong> La idea de superponer a la realidad la enorme cantidad de información que se encuentra en la web se irá haciendo cada vez más tangible, aunque inicialmente como simples ensayos buscando el efecto novedad.</p>
<p><strong>TECNOLOGÍA 3D:</strong> La tecnología 3D será uno de los cambios que se verá en las TIC este 2010. “El fenómeno que está empezando a nivel hardware – los nuevos portátiles, televisiones e incluso cámaras de fotos- incorporarán tecnología 3D.”</p>
<p><strong>MAS VENTA ONLINE:</strong> Auge definitivo del comercio electrónico “En nuestro país dará sólidas cifras, próximas a los 10.000 millones de euros” “Con un fuerte crecimiento de las venta online de moda y complementos además de por nuevos dispositivos de acceso a contenidos en formación digital. Se apunta también una subida constante de la venta online de la alimentación.</p>
<p><strong>WEB EN TIEMPO REAL:</strong> Si 2009 vio la plasmación de acuerdos como los de Bing y Google con Twitter para indexar la web en tiempo real creado por los usuarios, 2010 será la popularización progresiva de su uso. “La organización de esta información convertirá la web en el recurso al que nos dirigimos para ver qué está pasando en un lugar dado, en un momento determinado”.</p>
<p><strong>TELEFONÍA PERSONAL:</strong> La telefonía convencional se mantiene en general aislada de las grandes posibilidades que le proporciona el manejo de datos digitales. “En 2010 veremos cómo cada vez más usuarios empiezan a crear filtros personalizados de llamadas, redirigen llamadas entre diferentes números fácilmente y, en general manejan su comunicación de voz como hacen con las comunicaciones en la web mediante ofertas como Google Voice, Fonyou y otras similares”.</p>
<p><strong>MODELO “FREEMIUM”:</strong> En 2010 se seguirá discutiendo mucho el modelo de negocio predominante en la red. “Parece claro que la publicidad no basta para dar salida rentable a los negocios online y el debate gratis versus pago adquirirá mayor protagonismo”.</p>
<p><strong>EL HTML5 SE IMPONE:</strong> El formato HTML5 se irá imponiendo a otros propietarios, generando una web cada vez más accesible y un ecosistema cada vez mayor de aplicaciones.</p>
<p><strong>MÁS NUBE:</strong> Crecerá el <em>cloud computing</em> en la empresa y se verá cómo los telecos empiezan a ofrecer servicios para particulares, como el de almacenamiento de 5 gigas de Telefónica, Terabox. “La idea de almacenar datos en la web o ejecutar programas en un navegador, dejará de ser sólo de usuarios avanzados; pasará a verse como algo normal.</p>
<p style="text-align: justify;">
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		<title>2010 ¿El año del Libro Electrónico?</title>
		<link>http://www.vazquezcanas.es/2010/01/2010-%c2%bfel-ano-del-libro-electronico/</link>
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		<pubDate>Sat, 09 Jan 2010 11:04:41 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Vázquez Cañas</dc:creator>
				<category><![CDATA[Sociedad de la Información]]></category>
		<category><![CDATA[-ebook]]></category>
		<category><![CDATA[libro electrónico]]></category>

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		<description><![CDATA[La noticia de que por primera vez, Amazon ha vendido más libros en versión electrónica, que en la versión tradicional, supone un serio aviso de que el mundo editorial está cambiando y que una nueva “revolución” sacude los cimientos de dicha industria. El fenómeno que se está produciendo actualmente en Estados Unidos, pero llegará antes [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://www.vazquezcanas.es/wp-content/upLoads/2010/01/kindle-2.jpg"><img class="aligncenter size-full wp-image-420" title="kindle-2" src="http://www.vazquezcanas.es/wp-content/upLoads/2010/01/kindle-2.jpg" alt="" width="600" height="600" /></a></p>
<p>La noticia de que por primera vez, Amazon ha vendido más libros en versión electrónica, que en la versión tradicional, supone un serio aviso de que el mundo editorial está cambiando y que una nueva “revolución” sacude los cimientos de dicha industria.</p>
<p>El fenómeno que se está produciendo actualmente en Estados Unidos, pero llegará antes que tarde a Europa y ya los editores de nuestro país se aprestan a proporcionar contenidos para el nuevo formato, que parece puede imponerse y tener su boom en 2010.</p>
<p>De hecho tres grandes editoriales españolas han creado una plataforma digital y se plantean poner a disposición de sus lectores entre 5000 y 7000 libros en formato digital. Dicha plataforma recién creada, todavía sin nombre, no venderá directamente sus libros, sino que ofrecerían la tecnología necesaria a los libreros para que estos puedan atender la sección <em>on line</em> de sus librerías.<br />
<span id="more-419"></span><br />
Pero, ¿Qué es el libro electrónico (e-book o eBook o libro digital)?. Un libro electrónico es una versión electrónica o digital de un libro, pero también suele denominarse así al dispositivo usado para leer estos libros. Es por tanto un término un tanto ambiguo, ya que se refiere tanto a una obra individual en formato digital como a un dispositivo electrónico utilizado para leer libros en dicho formato.</p>
<p>Aunque se pueden utilizar diversos dispositivos como libro electrónico: un PC, una PDA, un portátil, y en general cualquier dispositivo que posea una pantalla y memoria.</p>
<p>En la primera década de este siglo, comenzó a aparecer dispositivos cuya función era servir exclusivamente de libro electrónico. Estos dispositivos se caracterizan por un diseño que permite emular la versatilidad del libro de papel tradicional. Así, se buscó movilidad y autonomía (dispositivos móviles con bajo consumo de energía para permitir lecturas prolongadas sin necesidad de recargas), pantallas con dimensiones suficientes para mostrar documentos tradicionales (un A4 o un A5) y alto nivel de contraste incluso a plena luz del día.</p>
<p>En este contexto aparece la tinta electrónica que tiene un &#8220;efecto papel&#8221; (debido a la ausencia de iluminación propia y alto contraste obtenido) y su bajo consumo (pues esta tecnología no necesita alimentación más que en los cambios de pantalla).</p>
<p>La tinta electrónica o papel electrónico es una tecnología que permite crear pantallas planas, tan delgadas como un papel, y con una flexibilidad que permite que se puedan enrollar. Estas pantallas por el momento solo pueden representar información en blanco y negro y no permiten visualizar imagen en movimiento.</p>
<p>La tecnología de tinta electrónica intenta solucionar algunos problemas de las pantallas TFT y de cristal líquido como son el gran tamaño, la poca maniobrabilidad y el reducido rango de visión. Esta nueva técnica consigue reducir el consumo ya que no necesita retro iluminación y una gran movilidad al ser de 3 mm de grosor y ser flexible.</p>
<p>Ejemplos de estos dispositivos son el iLiad (fabricado por iRex y primer dispositivo comercializado en España desde 2006), el Reader (PRS-500 y PRS-505) de Sony el HanLin V3, el STAReBOOK STK-101, el Bookeen Cybook y sobre todo, el producto que ahora mismo se está imponiendo, el Kindle de Amazon.</p>
<p>El Kindle, es un lector de libros electrónicos (e-book) o dispositivo portátil que permite almacenar y leer libros digitalizados. Creado por la tienda virtual Amazon -el gigante de la venta minorista online -, fue lanzado comercialmente a fine de 2007, un genial invento que pesa 300 gramos y que mide 18 centímetros de largo y 13 de ancho, que dispone de una pantalla de tinta electrónica de 800&#215;600 pixeles y 8 niveles de escala de grises. En el mismo caben hasta 200 libros y, de paso, unos cuantos periódicos, renovables todos los días. El dispositivo se conecta de forma inalámbrica a una red propiedad de Amazon llamada Whispernet que funciona a través de la red de telefonía móvil (Sprint en Estados Unidos; redes 3G o EDGE/GRPS en el resto del mundo) para descargar los contenidos.</p>
<p>A partir de Octubre de 2009, Amazon comenzó a enviar dispositivos Kindle 2 internacionales a usuarios fuera de Estados Unidos, pudiendo estos utilizar la red Wispernet en cualquier parte del mundo que posea cobertura móvil de los operadores con los que Amazon ha colaborado.</p>
<p>El precio del Kindle 2 es de $259/173€ para la versión estadounidense y la versión internacional. Cada título cuesta aproximadamente unos $10 dólares de los Estados Unidos y cubren ya la transmisión inalámbrica.</p>
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		<title>El Español en Internet</title>
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		<pubDate>Tue, 24 Nov 2009 18:33:55 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Vázquez Cañas</dc:creator>
				<category><![CDATA[Sociedad de la Información]]></category>
		<category><![CDATA[El Español en Internet]]></category>

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		<description><![CDATA[    Internet es una red de contenidos en los que la lengua, o más propiamente el idioma, juega un papel fundamental desde el punto de vista económico. Sólo hay que fijarse en la importancia del comercio electrónico, la publicidad online, o en sectores como el audiovisual, el musical, el editorial, el cultural o en [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p> </p>
<p><a href="http://www.vazquezcanas.es/wp-content/upLoads/2009/11/Español-en-internet.jpg"><img class="aligncenter size-full wp-image-392" title="Español en internet" src="http://www.vazquezcanas.es/wp-content/upLoads/2009/11/Español-en-internet.jpg" alt="Español en internet" width="600" height="643" /></a></p>
<p> </p>
<p style="text-align: justify;">Internet es una red de contenidos en los que la lengua, o más propiamente el idioma, juega un papel fundamental desde el punto de vista económico. Sólo hay que fijarse en la importancia del comercio electrónico, la publicidad online, o en sectores como el audiovisual, el musical, el editorial, el cultural o en las actividades educativas o formativas en la red.</p>
<p style="text-align: justify;">Desde el punto de vista de la lengua, no estar en Internet en la medida suficiente es un fracaso, incluso de orden político, pues la Red es hoy, un eje de influencia política, cultural y económica.</p>
<p style="text-align: justify;">No en vano, Estado Unidos, gracias a su poder económico, político, científico, tecnológico y cultural, ha posicionado el inglés como la lengua franca, en general, y también de las telecomunicaciones e Internet. Dominando como lengua el mundo científico y tecnológico, con la importancia que ello tiene.</p>
<p style="text-align: justify;">Mientras el español en el plano científico-técnico se encuentra relegada a un segundo orden, apenas perceptible en el ámbito internacional, eclipsada por la hegemonía del inglés.</p>
<p style="text-align: justify;"><span id="more-391"></span></p>
<p style="text-align: justify;">El español es el idioma más hablado entre las lenguas romances, tanto por la cantidad de hablantes — más de 400 millones de nativos — como por el número de países en los cuales predomina dicho idioma. Es lengua oficial en más de 20 países y la segunda en Estados Unidos, donde a mediados de este siglo la hablarán más de 130 millones de personas.</p>
<p style="text-align: justify;">El segmento hispanohablante constituye una comunidad enorme que comparte productos, servicios, ciencia y cultura, y ofrece a negocios e instituciones una oportunidad de crecimiento verdaderamente única.</p>
<p style="text-align: justify;">Un reciente estudio publicado por el British Council estima que el chino es la lengua más difundida del planeta con 1.052 millones de hablantes, seguida por el inglés (508), hindi (487), y español (417). En cuanto al PIB de esas comunidades lingüísticas, la inglesa tiene el 28,2%, la china el 22,8%, la española el 5,2% y la hindi el 2,1%. Por su uso en Internet el inglés entre 2000 y 2007 cayó del 51,3% al 32%, el chino subió del 5,4% al 13%, y el español del 5,8% al 6%.</p>
<p style="text-align: justify;">Pero además, según un estudio realizado por la Británica World Data, las previsiones son que dentro de 25 años sea la segunda lengua, por detrás solo del chino. Si se cumplen estas expectativas, en el año 2030, el porcentaje de hablantes de español ascenderá a 7,5% de la población mundial, casi dos puntos por encima del porcentaje actual (5,7%).</p>
<p style="text-align: justify;">Añadir que en el mundo existen 20 millones de estudiantes de español, lo que supone una enorme oportunidad para difundir el idioma, e internet puede ser un vehículo idóneo para la difusión del mismo.</p>
<p style="text-align: justify;">Con respecto a la situación concreta de la lengua española en Internet, señalar que aún contando con 81 millones de páginas web, si tomamos como base el uso real del mismo, en función de la lengua en la que están escritas las páginas web que elegimos, España se encuentra por debajo de sus posibilidades, copando un 4,6% de la Red (frente al 45% de las páginas en inglés, y situándose asimismo por detrás del francés o el alemán).</p>
<p style="text-align: justify;">El español (64 millones de usuarios) se encontraba en cuarto lugar entre las lenguas más frecuentadas en Internet en el año 2007, después del inglés (311), chino (132) y japonés (86). La penetración es sin embargo baja (6%). Esto mostraba un claro desequilibrio entre los contenidos españoles en relación con el número de usuarios hispanohablantes, aunque tiende a corregirse. Otro dato a tener en cuenta es que sólo el 4,4% de las revistas especializadas están escritas en español</p>
<p style="text-align: justify;">Con todo el crecimiento de la Red en España y su desigual aunque creciente propagación en América Latina han supuesto un importante aumento de nuestra presencia en la red y en la cantidad de internautas en nuestra lengua. En ese desarrollo ha tenido gran relevancia el aumento de los usuarios de Internet en las comunidades de hispanos que hay en los Estados Unidos. Aquéllos, a pesar de que se encuentran en un país donde el inglés es predominante, acceden a la Red empleando el español como primera lengua, y están conformando un núcleo de usuarios de gran importancia.</p>
<p style="text-align: justify;">Este empuje de la comunidad hispanohablante de Estados Unidos, que actualmente es la autora del 10% de las páginas web en español que se crean en el mundo, nos situara en unos años como la tercera lengua de la red con 131 millones de internautas, sólo sobrepasado por el chino y el inglés. Aunque sin embargo, solo ocupamos el quinto puesto como idioma de producción de contenidos, tras el inglés, el chino, el alemán y el francés.</p>
<p style="text-align: justify;"> Por tanto, como señalamos al principio, el valor de la lengua en Internet es fundamental, tanto desde el punto de vista económico, como del político y cultural. En concreto el valor de la lengua española en dicho medio tiene un futuro esperanzador, aunque necesita de medidas de impulso y fomento para que alcance el nivel que debería tener, en proporción al número de sus hablantes.</p>
<p style="text-align: justify;"> En ese sentido, España, quiere que el próximo Congreso Internacional de la Lengua española, que se celebrará en 2010 en Chile, fomente &#8220;la presencia del español en internet&#8221;, aún insuficiente, aprovechando la valorización de nuestro idioma en el mundo.</p>
<p style="text-align: justify;">  </p>
]]></content:encoded>
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		<title>IV Jornadas Administración Electrónica</title>
		<link>http://www.vazquezcanas.es/2009/10/iv-jornadas-administracion-electronica/</link>
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		<pubDate>Fri, 09 Oct 2009 08:33:37 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Vázquez Cañas</dc:creator>
				<category><![CDATA[Sociedad de la Información]]></category>
		<category><![CDATA[Administración Electrónica]]></category>
		<category><![CDATA[Jornadas]]></category>

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		<description><![CDATA[  En los próximos días, tendrán lugar una nueva edición, la cuarta, de las Jornadas de Administración Electrónica, que tanto éxito han tenido en ediciones anteriores, configurándose como un ejemplo de participación, colaboración y asistencia mutuas, entre Administraciones, Entidades y Ciudadanos, en la difusión, aplicación y desarrollo de las Tecnologías de la Información aplicadas al [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://www.vazquezcanas.es/wp-content/upLoads/2009/10/IV-Jornadas-de-Administraci.jpg"><img class="aligncenter size-full wp-image-371" title="IV-Jornadas-de-Administraci" src="http://www.vazquezcanas.es/wp-content/upLoads/2009/10/IV-Jornadas-de-Administraci.jpg" alt="IV-Jornadas-de-Administraci" width="569" height="800" /></a></p>
<p> </p>
<p style="text-align: justify;">En los próximos días, tendrán lugar una nueva edición, la cuarta, de las Jornadas de Administración Electrónica, que tanto éxito han tenido en ediciones anteriores, configurándose como un ejemplo de participación, colaboración y asistencia mutuas, entre Administraciones, Entidades y Ciudadanos, en la difusión, aplicación y desarrollo de las Tecnologías de la Información aplicadas al Servicio de la Comunidad.</p>
<p style="text-align: justify;">Las Jornadas de Administración Electrónica son ya una referencia nacional, pues desde su primera edición, han servido para el estreno o presentación pública de novedosos servicios, tal como sucedió – hace dos años – con la tramitación del DNI electrónico. Este carácter pionero se revalidará este año con la muestra al público de proyectos como el <strong>Pasaporte Electrónico</strong>.</p>
<p style="text-align: justify;">Los actos, trámites, transacciones, recursos, consultas, solicitudes… que relacionan a la ciudadanía con las administraciones públicas, a través de medios electrónicos, tendrán que ser una realidad cotidiana a <strong>partir del 1 de Enero de 2010</strong>. Este plazo es una obligación regulada en la <strong>Ley 11/2007, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos</strong>, popularmente conocida como <strong>Ley de Administración Electrónica</strong>.</p>
<p style="text-align: justify;">Las consultas ciudadanas a través de Internet adquieren por tanto la categoría de derechos, exigibles a los servicios de cualquier entidad pública. Ante esta tesitura esta cuarta edición de las Jornadas de Administración Electrónica, que se celebrarán en el <strong>Palacio de Congreso de Cádiz del 14 al 16 de Octubre</strong>, cobra especial relevancia al considerarse como una exposición pública que anticipará este nuevo concepto.</p>
<p style="text-align: justify;"><span id="more-370"></span></p>
<p style="text-align: justify;">Como organizadores aparecen la <strong>Secretaría de Estado de la Seguridad Social</strong>, la <strong>Diputación de Cádiz</strong> y la <strong>Universidad de Cádiz</strong>.</p>
<p style="text-align: justify;">Contando con una amplio abanico de entidades colaboradoras: Junta de Andalucía, Ayuntamiento de Cádiz, Zona Franca de Cádiz, Cámara de Comercio, Guardia Civil y Policía Nacional, Dirección General de Catastro, Agencia Estatal de Administración Tributaria, Colegio Provincial de Secretarios e Interventores, etc.</p>
<p style="text-align: justify;">Las inscripciones se pueden realizar a través de: <a href="http://www.dipucadiz.es">www.dipucadiz.es</a>;  <a href="http://www.i-administracion.es">www.i-administracion.es</a></p>
<p style="text-align: justify;">Las Jornadas se configuran mediante:</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>Demostraciones prácticas</strong> para ciudadanos, estudiantes, asociaciones, profesionales y empleados públicos, de los servicios no presenciales de las Administraciones y Entidades participantes, realizadas en stands instalados al efecto.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>Talleres o Mesas de Trabajo</strong>, dirigidas a funcionarios y personal directivo de Administraciones y Organismo Públicos, Asociaciones Profesionales y Empresariales, Sindicatos, etc. Que profundicen en materias específicas relacionadas con la prestación e implantación de servicios nos presenciales.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>Ponencias magistrales</strong>, para todos los participantes en las Jornadas, de especial interés técnico, profesional y científico a cargo de destacados ponentes y conferenciantes.</p>
<p style="text-align: justify;"> </p>
<p style="text-align: justify;">El <strong>Programa</strong> es el siguiente:</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>Tema</strong>: Aplicación y desarrollo de Ley de Acceso Electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>Fecha</strong>: 14, 15 y 16 de Octubre.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>Lugar</strong>: Palacio de Congreso y Exposiciones de Cádiz.</p>
<p style="text-align: justify;">Programa de<strong> ponencias</strong>:</p>
<p style="text-align: justify;"><span style="text-decoration: underline;">Día 14 de Octubre</span>.</p>
<p style="text-align: justify;">9,30     Apertura</p>
<p style="text-align: justify;">11,00   D. <strong>Eladio Quintanilla Rojo</strong>. Gerente de Informática de la Seguridad Social.</p>
<p style="text-align: justify;">              “Estrategias de desarrollo de la Ley 11/2007 en la Seguridad Social”.</p>
<p style="text-align: justify;">12,30   D. <strong>Ignacio Miguel González García</strong>. Director del Departamento de Informática Tributaria de la AEAT.</p>
<p style="text-align: justify;">               “Aplicación de la Ley 11/2007 en la AEAT”</p>
<p style="text-align: justify;"><span style="text-decoration: underline;">Día 15 de Octubre</span>.</p>
<p style="text-align: justify;">10,00   D. <strong>Juan Crespo Sánchez</strong>. Inspector Jefe CIS de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil.</p>
<p style="text-align: justify;">                “El pasaporte electrónico”</p>
<p style="text-align: justify;">11,00   D. <strong>Juan Carlos Campo Moreno</strong>. Secretario de Estado de Justicia, y D. <strong>José Antonio Ortiz Mallol</strong>.          Viceconsejero de Justicia de la Junta de Andalucía.</p>
<p style="text-align: justify;">               “La modernización de la Justicia: proyectos en materia de Administración Electrónica”</p>
<p style="text-align: justify;">12,30   Dª <strong>Ángela Acín Ferrer</strong>. Directora del organismo de gestión tributaria de la Diputación de Barcelona.</p>
<p style="text-align: justify;">              “Modernización de la gestión tributaria local”</p>
<p style="text-align: justify;"><span style="text-decoration: underline;">Día 16 de Octubre</span></p>
<p style="text-align: justify;">11,00   D. <strong>Enrique Barón Crespo</strong>. Presidente de la Fundación Europea para la Administración Electrónica, y D. <strong>Manuel   Becerril González</strong>. Secretario General.</p>
<p style="text-align: justify;">              “Políticas de fomento del uso de la Administración Electrónica”</p>
<p style="text-align: justify;">12,00   D. <strong>Fernando de Pablo Martín</strong>, Director General para el Impulso de la Administración Electrónica.</p>
<p style="text-align: justify;">              “Desarrollo y aplicación de la Ley 11/2007 en la Administración General del Estado”</p>
<p style="text-align: justify;">13,00  Clausura: D. <strong>Javier Albar Bernad</strong>. Director General de la TGSS.</p>
<p style="text-align: justify;">Estas conferencias de complementarán con la instalación de “stands”, por parte de las Administraciones y Entidades Participantes, a los que tendrán acceso todos aquellas personas que estén interesadas, en poder ver de primera mano las demostraciones y desarrollos en servicios telemáticos y no presenciales, que las Administraciones y Entidades participantes en estas IV Jornadas, ponen a disposición de los ciudadanos. El<strong> horario de visita</strong> de los “stands” es el siguiente:</p>
<p style="text-align: justify;"><span style="text-decoration: underline;">Día 14 y 15 de Octubre</span>.</p>
<p style="text-align: justify;">Mañana: 09,30 a 14,00 horas</p>
<p style="text-align: justify;">Tarde: 17,30 a 19,30 horas</p>
<p style="text-align: justify;"><span style="text-decoration: underline;">Día 16 de Octubre</span></p>
<p style="text-align: justify;">Horario solo mañana: 09,30 a 12,30 horas.</p>
<p style="text-align: justify;"> </p>
<p style="text-align: justify;"> </p>
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